fresh menu leftfresh menu right
Multa de $33.800 millones por violación a competencia arrocera impone SIC a molinos
Multa de $33.800 millones por violación a competencia arrocera impone SIC a molinos

La Superintendencia de Industria y comercio impuso a la Organización Roa Florhuila y a 4 altos directivos una multa superior a $ 33.800 millones de pesos, por haber influenciado los precios de venta de arroz blanco al consumidor final, lo cual implica una violación al régimen de libre competencia.

La influenciación de los precios consistió en obligar a distribuidores y comercializadores de arroz blanco, a no trasladar al consumidor final los descuentos que les otorgaban Molinos Roa y Molinos Florhuila, y de esa forma controlar artificialmente los precios de su arroz en Colombia, según explicó el Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo.

Para hacer que se cumplieran sus instrucciones respecto de la influenciación de los precios, Molinos Roa y Molinos Florhuila advertían represalias comerciales para distribuidores y comercializadores, tales como la terminación o suspensión de los suministros de arroz por un período de tiempo.

Las sanciones impuestas a la Organización Roa Florhuila, tienen como agravantes sus antecedentes en materia de violaciones a la libre competencia: (i) una sanción impuesta en el año 2005 por cartelización empresarial junto con otras empresas molineras y (ii) una sanción del año 2013 por no haber informado una integración empresarial, lo cual impone a la Superindustria la obligación legal de agravar las sanciones.

Robledo señaló que mediante Resolución 16562 del 14 de abril de 2015,  sancionó a la Organización Roa Florhuila S.A., Anibal Roa Villamil, Hernando Rodríguez Rodríguez, Edgar Gaviria Herrera y Pablo Julio Gutiérrez Uribe, por violaciones al régimen de protección de la libre competencia.

Según Robledo la multa se impone al haber influenciado a otros agentes del mercado en los canales de distribución y comercialización los precios de venta de arroz blanco al consumidor final, en contravención de las normas legales que consideran como actos anticompetitivos los relativos a influenciar a una empresa para que incremente los precios de sus productos o para que desista de su intención de rebajar los precios.

Las personas jurídicas y naturales sancionadas son Aníbal Roa Villamil, presidente; Hernando Rodríguez Rodríguez, gerente; Edgar Gaviria Herrera y Pablo Gutiérrez Uribe, gerentes de ventas, por violaciones al régimen de protección de la libre competencia y haber influenciado a otros agentes del mercado en los canales de distribución y comercialización los precios de venta o al consumidor final.

 


Potenciado por Joomla!. Designed by: business hosting private label reseller Valid XHTML and CSS.

Find us on Facebook
Follow Us