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ICA amplía plazo para reglamentar producción y venta de semillas en Colombia
ICA amplía plazo para reglamentar producción y venta de semillas en Colombia

 

El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, amplió por 30 días el término de consulta pública del proyecto de resolución “por medio del cual se reglamenta la producción y comercialización de semillas para la siembra en el país”, el cual vencía este martes 5 de noviembre.

Los usuarios tanto externos como internos, y el público en general, tienen la posibilidad de participar en la construcción de esta nueva normatividad hasta el 5 de diciembre, a través de la página web www.ica.gov.co, banner de consultas públicas.

Con la ampliación del plazo de esta consulta pública, el ICA busca atender las necesidades de seguridad agroalimentaria nacional, así como el desarrollo de esta industria, en un sano equilibrio, que permita a los agricultores elegir las semillas de su interés y a la industria la protección de sus desarrollos.

El Gerente General del ICA, Luis Humberto Martínez Lacouture, reiteró que “el nuevo proyecto de resolución excluye aquellas semillas nativas, criollas o locales, y aplica, exclusivamente como siempre ha sido, a las semillas obtenidas a través de métodos de mejoramiento genético”.

Destacó además el gerente del ICA que se reunirá con productores, academia y ciudadanos interesados para dar a conocer el nuevo proyecto de semillas en 10 departamentos del país para recoger todas las inquietudes con respecto a la propuesta que la entidad tienen para una nueva reglamentación sobre producción y comercialización de semillas en Colombia.

Las reuniones se realizarán en Cundinamarca, Boyacá, Atlántico, Santander, Antioquia, Huila, Tolima, Meta y Casanare entre otras zonas del país.

Entre los aspectos a resaltar de este proyecto de resolución están los siguientes:

1. Aclara de manera expresa que el objeto de la norma va dirigido solo a la producción y comercialización de semillas para siembra de materiales mejorados, retirando la regulación frente al uso y la transferencia a título gratuito.

2. Aplica sus disposiciones únicamente a los productores, comercializadores, investigadores en fitomejoramiento, unidades de evaluación agronómica de cultivares mejorados, importadores y/o exportadores de semillas.

3. Aclara que se excluyen aquellas semillas nativas, criollas o locales.

4. Establece la reserva de la cosecha o el denominado “privilegio del agricultor”, solo respecto de las variedades protegidas con derecho de obtentor en el territorio nacional.

El proyecto de norma precisa también que son dos los sistemas de producción y comercialización de las semillas para materiales mejorados en el país: el de las semillas certificadas, el cual dispone de control de generaciones y el de las semillas seleccionadas, que aunque no dispone de ese control generacional, sí exige la identificación de cada semilla para su registro ante el ICA y que ambos sistemas son objeto de control técnico en la comercialización por parte del Instituto”.

La consulta pública es una herramienta de participación ciudadana de obligatorio cumplimiento para todas las entidades del estado colombiano y en desarrollo de esa norma, el ICA puso a consideración de los ciudadanos interesados, el proyecto de resolución de semillas.

Los interesados pueden hacer sus comentarios y observaciones en la web del ICA www.ica.gov.co

 


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